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REAL DECRETO-LEY 14/2022, DE 1 DE AGOSTO Y LAS MEDIDAS DE AHORRO, EFICIENCIA ENERGÉTICA Y DE REDUCCIÓN DE LA DEPENDENCIA ENERGÉTICA

08-08-2022
SI - ESTATAL
REAL DECRETO-LEY 14/2022, DE 1 DE AGOSTO Y LAS MEDIDAS DE AHORRO, EFICIENCIA ENERGÉTICA Y DE REDUCCIÓN DE LA DEPENDENCIA ENERGÉTICA
  1. Con el fin de cumplir con los acuerdos solidarios de reducción de la demanda alcanzados en el Consejo Extraordinario de Ministros de Energía del 26 de julio, así como para reducir la dependencia energética del gas natural, ha salido publicado el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural, en el cual se limitarán a partir del día 09/08/2022, las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados situados en los edificios y locales destinados a los siguientes usos:

    a)       Administrativo.

    b)      Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.

    c)       Pública concurrencia:

    • Culturales: teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares.
    • Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas.
    • Restauración: bares, restaurantes y cafeterías.
    • Transporte de personas: estaciones y aeropuertos.

    La temperatura se limitará a los siguientes valores, siempre y cuando no influya las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo:

    Calefacción

    19ªC

    Refrigeración

    27 ºC

    Humedad relativa comprendida entre el 30 % y el 70 %.

    Adicionalmente,
    • Se deberá indicar por paneles informativos u otros medios las medidas de ahorro aplicadas
    • Los edificios /locales con accesos directos a la calle deberán disponer de sistemas de cierre de puertas adecuados con el fin de impedir que éstas permanezcan abiertas permanentemente.
    • El alumbrado de escaparates deberá mantenerse apagado desde las 22 horas
    • Antes del 1 de diciembre de 2022, todas aquellas instalaciones que tengan obligación de cumplir con las inspecciones de eficiencia energética y cuya última inspección se haya realizado con anterioridad al 1 de enero de 2021, deberán adelantar de forma puntual la siguiente inspección.

     

    El resto del contenido dispuesto en el Real Decreto-ley tratan medidas para apaliar la problemática económica actual, aportando mejoras en la sostenibilidad del transporte de mercancías terrestres, apoyando el sector del transporte, educación y mejorando las condiciones y los procedimientos administrativos para las instalaciones eléctricas, de gas y energías renovables.


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